CONCEJO DELIBERANTE DE VALCHETA APROBO NUEVA ORDENANZA

Economía Musicales Politicas

El Concejo Deliberante de Valcheta aprobó de por unanimidad una ordenanza comercial que lleva el nro 009/2020 de fecha 31 de julio, mediante el cual se establecen nuevas medidas relacionadas con el ámbito comercial y que oportunamente fueran solicitadas al ejecutivo por representantes de comerciantes que solicitaron regulaciones y acompañamiento al sector formal e informal, en el marco de la pandemia por covid.
EN CUANTO A LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS:
Su art. 1° se establece que los únicos autorizados para la venta de bebidas alcohólicas serán los locales comerciales habilitados como distribuidoras, supermercados,despensas, kioscos, casa de comidas, restaurantes, pubs, birria entre otros
El Art. 2° PROHÍBE EL DELIBERY de bebidas alcohólicas en toda la localidad y se considera clandestina la venta no autorizada (Art. 3°)

EN CUANTO A OTRO TIPO DE PRODUCTOS:

el Art. 5° Regula horarios de atención de los locales comerciales hasta las 21:00hs
exceptuándose los kioscos que atenderán hasta las 23:00hs, las heladerías hasta las 01:00 hs, los locales gastronómicos y bares: de lunes a jueves a las 01:00hs horas del día siguiente y viernes y sábado a las 3:00 horas, mientras que el expendio de combustible y los servicios de taxis estarán autorizado las 24 horas
La norma también establece un registro de delibery y carros gastronómicos (art.6°)
Se PROHÍBE los días sábados y domingos el delibery de todo tipo de productos a trabajadores formales e informales excepto casas de comidas, heladerías, panaderías y restaurantes autorizados.

Se estableció que no podrán habilitarse nuevos locales comerciales en Valcheta, cuando sus propietarios sean inversores no domiciliados ni residentes en Valcheta, hasta tanto se produzca el cese de Pandemia. (art.10)

Se prohibió ademas el ingreso de vendedores ambulantes al ejido urbano (art. 11)

Finalmente se estableció que distribuidores, transportistas, proveedores que lleguen a nuestra localidad y realicen venta a particulares (no comerciantes), deberán pagar el doble del canon establecido para ese rubro.

El incumplimiento de la ordenanza, sera pasible de sanciones a través del pago de multas sin perjuicio de otras sanciones que pudiesen corresponder

En su Art. 9° Se promueve la Creación de la Cámara de Comercio o una asociación de comerciantes representativa del sector., la creación de un código de comercio que delimite el alcance de cada rubro, como así comenzar a realizar un control de precios en locales comerciales y procurar respeto de los derechos de los consumidores

FOTO: gentileza prensa municipalidad

 

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