RECEPCIONAN Y PAGAN POR CUEROS DE PUMA Y ZORRO COLORADO

Economía Locales Rurales

Desde la Unidad Territorial local se informa que a partir de este miércoles 5 de agosto, en la Cooperativa Agropecuaria La Amistad se comenzará a recepcionar cueros de puma y zorro colorado a todos aquellos productores de los Parajes de Punta de Agua, Gualicho, Arroyo Pajas Alta, Macachín – Chanquin donde no hay comisiones de fomento.
La recepción se realizara en la sede institucional de lunes a viernes en horario de mañana siempre y cuando cumpla con el reglamento y no se encuentre registrado como productor deudor.
El cobro se realizara en Tesorería de la Municipalidad local declarando stock actual de hacienda presentado el RENSPA y Documento de Identidad

REGLAMENTO PARA EL PAGO DE INCENTIVO:
1) El pago por control de predación se efectuará exclusivamente a productores y empleados rurales (no se contempla acopiadores, intermediarios, cazadores, etc.).
2) El productor deberá presentar el carnet de RENSPA poder completar la totalidad de la información requerida en el recibo y acceder al correspondiente beneficio.
3) Se podrá reconocer por el control de aquellos individuos que ejerzan predación sobre hatos y/o majadas la suma de hasta $1.000 por cada zorro colorado y hasta $4.000 por cada puma.
4) El productor podrá cobrar el incentivo siempre que no presente deudas sin regularizar en créditos productivos del Plan Ovino y Caprino, Ley Ovina y/o Ley Caprina, entre otros. La Autoridad de Aplicación enviará un listado de morosos, en caso de tener dudas el beneficiario deberá consultar a la Autoridad de Aplicación previo al pago del incentivo.
5) Se pagará un máximo de $12.000 por productor/sociedad, independientemente de la cantidad de establecimientos donde realice la actividad.-
6) Para acceder al incentivo los productores y/o empleados rurales deberán presentar los cueros con brazuelos, con el pelo para adentro y estaqueados en óptimas condiciones. En caso de no haberle dejado los brazuelos, los responsables de los fondos deberán certificar por acta que los mismos fueron controlados a partir de la fecha establecida.
7) Los cueros que no se encuentren en las condiciones solicitadas serán pagados en función del monto establecido en marco de la Ley N° 763 ($700 el cuero de zorro colorado).
8) No se reconocerán los cueros provenientes de nonatos y gazapos. Mientras que los obtenidos a partir de juveniles serán contemplados en función del monto establecido en marco de la Ley Nº 763 ($700).
9)NO debe reconocerse incentivo alguno si el control de predadores se hubiera realizado con la utilización de cebo tóxico (veneno), ya que es una práctica prohibida por Leyes Provinciales y Nacionales.
10) No se reconocerán cueros pertenecientes a otras especies como aguará guazú, zorro bayo y zorro gris.

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